MAY 29, 2024

Diferencias entre Incapacidad y Discapacidad. No son los mismo!

Aunque muchas personas confunden ambos términos, no es lo mismo la Incapacidad Permanente que Discapacidad. ¿Quieres aprender a diferenciarlos? Te hablamos de esto en este artículo.

¿Qué es la Incapacidad Permanente?

La Incapacidad Permanente, es la situación del trabajador que, después de haber sido sometido al tratamiento médico prescrito, presenta déficits que disminuyen o anulan su capacidad laboral.

El organismo competente es la Seguridad Social y supone una prestación económica que trata de cubrir la pérdida de ingresos que sufre un trabajador cuando por enfermedad o accidente ve reducida o anulada su capacidad laboral.

Los requisitos para poder declarar una Incapacidad Permanente son los siguientes:

  • No haber alcanzado la edad de jubilación
  • Estar dado de alta en la Seguridad Social o en situación asimilada al alta
  • Haber cumplido un tiempo mínimo de cotización (a excepción de aquella situación dada por enfermedad profesional o accidente)

¿Qué es la Discapacidad? (Antes conocida “como minusvalía”)

Presentan discapacidad aquellas personas que, al interactuar con la sociedad, se pueda ver impedida su participación plena y efectiva. El valor de esta discapacidad se gradúa por porcentajes, siendo el mínimo de un 33% para ser reconocida. En estos casos, se expide un certificado que corrobora la discapacidad así como el porcentaje otorgado.

La finalidad principal de su reconocimiento es la adquisición de determinados beneficios fiscales.

El organismo competente es la Comunidad Autónoma que corresponda en cada caso y no supone el derecho (por regla general) a una prestación económica.

Lo que si conlleva estar en posesión del certificado de discapacidad es obtener el derecho a determinados beneficios sociales y fiscales. Puedes obtener más información en este enlace Ayudas y subvenciones para personas con Discapacidad.

IMPORTANTE: El reconocimiento de la discapacidad no lleva aparejada directamente la imposibilidad o dificultad de trabajar, es decir, no toda persona discapacitada tiene porqué estar incapacitada laboralmente.

Por lo tanto, y en resumen, la Incapacidad es una condición por la que se otorga una pensión por no poder trabajar debido a una patología o lesión, previsiblemente indefinida. Mientras que la discapacidad es el reconocimiento de una discapacidad física o psíquica que no necesariamente nos imposibilita para la realización de nuestro trabajo habitual. Por lo tanto, una Incapacidad permanente lleva implícito un grado de discapacidad pero no necesariamente una discapacidad es una Incapacidad permanente.

En F&B Consultores contamos en nuestro equipo con profesionales expertos en el estudio, solicitud y reconocimiento de cualquier tipo de Incapacidad, así como de discapacidad.

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